Porto da Pena en Complementos argumentales del verbo: Complemento Directo, Complemento Indirecto, Suplemento y Complemento Agente, establece una clasificación de los distintos complementos verbales del castellano siguiendo los estudios valenciales del verbo.
Así, diferencia en primer lugar entre complementos marginales y complementos nucleares. Los primeros no pertenecerían al MODUS y no se podrían focalizar.
Por su parte, dentro de los complementos nucleares, aquellos que pertenecen al MODUS y son susceptibles de ser focalizados, Porto da Pena distingue entre complementos argumentales y no argumentales.
Los complementos nucleares argumentales, exigidos por la estructura valencial del verbo, se dividen a su vez en integrables, es decir, aquellos que son sustituibles por una unidad asimilable al grupo acentual del verbo, y no integrables. Entre los primeros estarían tanto el Complemento Directo como el Complemento Indirecto y se agruparían en los no integrables el Suplemento y el Complemento Agente.
Idéntica subdivisión entre integrables y no integrables se da entre los complementos no argumentales. Serían integrables los diferentes tipos de dativos: ético, simpatético, etc…Se incluyen en los no integrables al Predicativo y los diferentes tipos de Complementos Circunstanciales.
Siendo productiva la clasificación establecida por Porto da Pena y pese a estar sustentada en poderosos argumentos, consideramos que es dado realizar una serie de puntualizaciones.
Así, en primer lugar, no atenderemos a los complementos marginales porque, como el mismo Porto apunta, no forma parte del MODUS y consecuentemente su estudio no le atañe a la sintaxis.
Por otro lado, coincidiendo en esta ocasión con Gómez Torrego, Gramática didáctica de la lengua española, consideramos que los dativos constituyen estructuras que deben ser estudiadas por la semántica.
Igualmente, junto a la Nueva gramática de la lengua española, consideramos que existen predicativos argumentales.
Finalmente, junto a pequeñas consideraciones de carácter terminológico, echamos en falta en la clasificación de Porto la presencia del Atributo.
Siendo esto así, y tomando en consideración tanto la clasificación propuesta como las puntualizaciones realizadas, podemos proponer una nueva clasificación de los complementos verbales.
Así, entre los complementos argumentales del verbo distinguiríamos, junto a Porto, entre integrables y no integrables. En los primeros estarían el Complemento Directo y el Complemento Indirecto. Como no integrables tendríamos el Complemento de Régimen y el Complemento Agente.
Otra categoría estaría formada por los atributos, entre los que tendríamos que diferenciar entre copulativos, estos integrables, y los semicopulativos y los predicativos, ambos no integrables.
Por último, contaríamos con los complementos circunstantes, entre los que tendríamos que incluir los diferentes tipos de Circunstanciales y un tipo concreto de Predicativos.
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